Fiscalidad
23/10/2024
El Modelo 721 es una de las novedades fiscales más relevantes para los contribuyentes en España a partir de 2024, resultado de la voluntad de la Agencia Tributaria de imponer un mayor control sobre las criptomonedas para luchar contra el fraude fiscal.
Este nuevo formulario, que sustituye al anterior modelo 720, se ha introducido para controlar los activos digitales que los residentes fiscales españoles mantienen en el extranjero.
Con el auge de las criptomonedas, las autoridades fiscales españolas, lideradas por la Agencia Tributaria (AEAT), buscan regular y fiscalizar estas nuevas formas de activos para garantizar que se declaren adecuadamente en la renta anual.
Antes de la llegada del Modelo 721, los residentes fiscales en España ya estaban familiarizados con el Modelo 720, que se utilizó hasta el año pasado para declarar bienes y derechos en el extranjero que excedieran ciertos umbrales económicos.
Este modelo se centraba principalmente en cuentas bancarias, bienes inmuebles y otros activos financieros.
Con una sentencia, en 2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró el Modelo 720 inconstitucional, argumentando que imponía sanciones desproporcionadas y violaba principios de libre circulación de capitales dentro de la UE.
Como consecuencia, el Gobierno español introdujo el Modelo 721, un formulario actualizado para la declaración de criptomonedas en el extranjero que elimina algunas de las sanciones excesivas del Modelo 720 y se ajusta a las directrices europeas.
A partir de 2024, el Modelo 721 se ha convertido en obligatorio para aquellos contribuyentes con criptoactivos fuera de España.
Además del Formulario 721, también se introdujeron otros dos formularios: el Formulario 172 y el Formulario 173, que deben cumplimentar aquellas empresas y personas residentes en España que intervienen en el mundo de las criptodivisas.
Esta nueva normativa se adapta específicamente al mundo de las criptomonedas y busca garantizar que los activos digitales también estén sujetos a las mismas obligaciones fiscales que otros bienes situados fuera del país.
El Modelo 721 está dirigido a:
Los individuos y las empresas con residencia en España;
Las sedes permanentes en territorio español pertenecientes a personas o entidades no residentes;
Las entidades mencionadas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (LGT), tales como herencias en trámite, comunidades de bienes y otras organizaciones sin personalidad jurídica que formen una unidad económica o un patrimonio separado, susceptibles de ser gravadas.
Esta nueva obligación afecta a todas las monedas virtuales que se posean, se autoricen o se transfieran de cualquier otro modo o se posean en el extranjero.
Es obligatorio presentar el Modelo 721 cuando el valor total de las criptomonedas mantenidas en el extranjero supera los 50.000€ a 31 de diciembre.
Hay que hacer un pequeño paréntesis: la presentación del formulario 721 será obligatoria tanto si aún se poseen criptomonedas al 31 de diciembre del año en cuestión (en este caso, 2023) como si ya no se tienen. En este último caso, se deberá proporcionar la información relevante a la fecha en la que se produjo la venta o extinción.
No todos los contribuyentes con criptomonedas deben presentar el Modelo 721.
Por ejemplo, aquellos que mantengan sus criptoactivos en exchanges o wallets situados dentro de España no están obligados a hacerlo. Además, si el valor de las criptomonedas en el extranjero no supera el umbral de 50.000€, tampoco será necesario presentar el modelo.
También están exentas de su presentación las entidades señaladas en el artículo 9.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se incluyen aquí las empresas propiedad de personas jurídicas, que están registradas individualmente en sus cuentas, y las que son propiedad de personas físicas residentes que realizan una actividad económica con cuentas que cumplen con el Código de Comercio y están registradas en dicha documentación.
Este modelo se debía presentar por primera vez en 2024. En concreto, debía presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024 (obviamente con referencia a la declaración del ejercicio fiscal 2023).
La no presentación del modelo 721, que es obligatorio para declarar criptomonedas en el extranjero, conlleva sanciones similares a las del modelo 720, aunque con algunas diferencias.
En caso de que la Administración lo requiera, se impondrá una multa de 300€ por no presentarlo y de 150€ por presentarlo de manera incorrecta.
Adicionalmente, se pueden aplicar sanciones de 20€ por cada registro no declarado o requerido, y de 10€ por cada error en la declaración.
Pero cuidado: estas sanciones tienen un plazo de prescripción de 4 años, o de 5 años si hay delito fiscal, y hasta 10 años en casos de delitos fiscales agravados.
Para rellenar el Modelo 721, es necesario proporcionar ciertos datos clave que permiten identificar correctamente las criptomonedas y sus custodios.
Los elementos principales que deben incluirse son:
Datos del custodio: se debe indicar el nombre, apellidos o la razón social del custodio que mantiene las claves privadas de las criptomonedas en nombre del contribuyente. Además, se requiere el número de identificación fiscal del país de residencia del custodio, si corresponde. Esta información es fundamental para identificar correctamente al intermediario que gestiona los activos.
Identificación de cada criptomoneda: es importante detallar cada tipo de moneda virtual que posea el contribuyente, proporcionando la identificación completa de la misma.
Saldos y valoración: el saldo de cada criptomoneda debe reflejarse a fecha de 31 de diciembre del año fiscal correspondiente. Además, este saldo debe expresarse tanto en unidades de moneda virtual como en su equivalente en euros, utilizando el valor de mercado de la criptomoneda en esa fecha.
Un punto clave a tener en cuenta es que, si bien la declaración inicial es obligatoria al superar los 50.000 euros, en los años sucesivos sólo será necesaria si el saldo conjunto de las criptomonedas ha aumentado en más de 20.000 euros en comparación con la última declaración presentada.
Para evitar sanciones por no declarar criptomonedas, es fundamental:
Presentar el Modelo 721 dentro del plazo establecido por la Agencia Tributaria;
Asegurarse de que la información proporcionada sea correcta y completa.
Utilizar herramientas como la declaración complementaria o rectificativa, en caso de detectar errores en una declaración anterior.
Para presentar correctamente el Modelo 721, es fundamental contar con documentación que acredite el valor y la tenencia de los criptoactivos en el extranjero. Esto puede incluir:
Extractos del exchange o plataforma donde se encuentren almacenadas las criptomonedas.
Justificación de los valores de mercado de los criptoactivos al cierre del año fiscal.
Información sobre las transacciones realizadas con los criptoactivos.
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